En el caso que nos ocupa, desde la fecha en que se instó a la parte solicitante a que consignara los documentos que acreditan su cualidad como solicitante, han transcurrido nueve (09) días a que se contrae el auto de fecha diez (10) de Mayo de 2022, sin que la solicitante haya consignado los documentos correspondientes, pese a que fue advertido en dicho auto de las consecuencias de la inactividad, motivo por el cual se entiende que ha perdido el interés en la evacuación de la Solicitud de Inspección Judicial. Como consecuencia de la pérdida del interés de la parte peticionante en la actuación, se ordena el archivo de la presente solicitud para su posterior remisión al archivo judicial. Así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la anterior decisión en el copiador de sentencias de este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el despacho del TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBI.....