Se concluye entonces, que la ciudadana CLAVER NORAIMA MEJIAS DE RIVERO ha venido poseyendo por más de veinte (20) años una casa para habitación Avenida 2 Lora entre calles 13 y 14, casa Nº 13-52, Parroquia Milla Municipio Libertador Estado Mérida, en tal sentido en el dispositivo del presente fallo este Tribunal declarará CON LUGAR la acción por prescripción adquisitiva propuesta.