Por lo antes expuesto, este Tribunal de Ejecución N° 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY OTORGA: LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENAL, como Fórmula Alternativa al cumplimiento de la pena, a favor del penado MANUEL ALONSO MENDEZ CONILES, venezolano, obrero, soltero, titular de la cédula de identidad N° 14.530.765, natural de El Vigía Estado Mérida, nacido el 26-09-1980, de 23 años de edad, domiciliado en la población de La Azulita, al final de la Avenida Bolivar, Municipio Andres Bello del Estado Mérida, por el plazo de UN (01) AÑO, contados a partir del día siguiente a la Imposición de la Presente desición, imponiendo el Tribunal al penado MANUEL ALONSO MENDEZ CONILES, las siguientes condiciones u obligaciones:
1° No salir de la ciudad o lugar de residencia, en caso de cambiar de residencia, participar de inmediat.....