PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por el ciudadano: EUDO ANTONIO RAMIREZ FINOL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.020.232, domiciliado en el Municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano de Mérida y hábil, ratificada por la ciudadana ISOLINA MARIA MUÑOZ DE RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.221.055, domiciliada en Parroquia Presidente Páez del Municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano de Mérida