DISPOSITIVA.
Es con fuerza en las consideraciones precedentemente explanadas, que esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar la inhibición planteada por el abogado Omar Gabriel Guerra Fernández, en su condición de Juez de Primera Instancia en funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, en el cuaderno de inhibición signado con el Nº LJ01-X-2025-000003, el cual guarda relación con el asunto principal Nº LP01-P-2024-000882, seguido en contra del ciudadano Leonel Alexander Escalante, por la presunta comisión del delito de Estafa Agravada Continuada con Multiplicidad de Víctimas, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal, concatenado con el artículo 77 numerales 1, 5 y 6 y artículo 99 ejusdem, en perjuicio de la empresa Goodyear de Vene.....