Cierto es que desde el día 06-12-2016 fecha de celebración de la audiencia de presentación de imputado ante éste Juzgado y hasta la presente fecha, el acusado de autos, ciudadano IDUAR ALEXANDER ROJAS, se encuentra privado judicialmente y en forma preventiva, de su libertad, en razón a que uno de los delitos que le imputó la representación fiscal es VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 43 en concordancia con lo establecido en el artículo 68.3 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana RUJOLAIX YULIER MARGARET RANGEL, calificación ésta que es ratificada en escrito acusatorio y por éste Juzgado en audiencia preliminar celebrada en fecha 16-02-2017, destacándose que la pena posible a aplicar en la comisión de dicho delito es de diez a quince años de prisión; pena considerable en razón de su cuantía, lo que genera la presunción legal de peligro de fuga, prevista en el parágrafo primer.....