En atención y consideración a las razones expuestas, es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda interpuesta por la sociedad mercantil RÚSTICOS ALONSO, S.A.,, debidamente inscrita ante el Registro Mercantil de la circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, en fecha dos (2) de septiembre de mil novecientos ochenta y seis (1986), bajo el número 21, tomo A-12, y modificada en Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas de fecha veintiuno (21) de marzo de dos mil trece (2013), anotada bajo el número 3, tomo 56-A RM1MERIDA, domiciliada en la ciudad de Mérida, estado Bolivariano de Mérida representada por sus Apoderados Judiciales, Abogados en ejercicio ARNNY COLINA CRUZ y ARMANDO JOSÉ COLINA ROJAS.....