DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: QUE ES INCOMPETENTE para conocer y decidir el presente juicio de inhabilitación interpuesto por el ciudadano JESÚS GERARDO MARQUINA GUILLÉN, asistido por los abogados WILMER ARGENIS ZAMBRANO MEDINA y HENRY DOMINGO RODRÍGUEZ RIVERO, en contra del ciudadano JOSÉ YOVANNY MARQUINA GUILLÉN.
SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento, este Juzgado DECLARA COMPETENTE, para conocer y decidir la presente acción al Juzgado de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, al que le corresponda por distribución, y DECLINA EL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAU.....