´En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, actuando en sede civil, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria, formulada mediante escrito de fecha 24 de febrero de 2025, que obra agregada a los folios 119 y 120, suscrita por los co-apoderados judiciales, abogados JOSÉ YOVANNY ROJAS LACRUZ y NORMAYRA VALERO MOLINA de la parte actora, en los términos expuestos y así se declara.
Publíquese, regístrese y cópiese.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, en la ciudad de Mérida, a los veinte días del mes de marzo de dos mil veinticinco, siendo las dos y treinta minutos de la tarde (2.30 pm).
.....