Decisión
En consecuencia este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide Primero: Declara con lugar la aprehensión flagrante del ciudadano, JHONATAN ARTURO APONTE PÉREZ, por el delito de Hurto Calificado en grado de frustración, previsto y sancionado en el artículo 27 de la Ley de Reforma parcial del Código Penal que modifica el artículo 455 ahora 453 numeral 1° Y 3° del Código Penal vigente, en armonía con los artículos 80 y 82 ejusdem. Segundo: Se ordena la aplicación del procedimiento Abreviado, en la presente causa, a tenor de lo previsto en los artículos 372.1 y 373 del COPP; Tercero: Se impone al aprehendido, las medidas cautelares sustitutivas: 1) Presentación personal periódica cada ocho (08) días ante el Circuito Judicial Penal de San Juan de Los Morros. 2-.Prohibición de.....