ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 03, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, en la presente causa A FAVOR PERSONAS DESCONOCIDAS; por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano SERGIO ENRIQUE NAVA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 11.911.648, residenciado en la Urbanización Buenos Aires, entrada a Boca Grande, casa s/n, El Vigía Estado Mérida. De conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Se fundamenta la presente decisión en los artículos 318, numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes de la presente decisión. En caso de no localizarse a la victima en la dirección, por el transcurso del tiempo ya que pudo desap.....