DISPOSITIVA
Por lo expuesto, este tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 01, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY PASA A DECIDIR CON EL SIGUIENTE PRONUNCIAMINTO:
PRIMERO: Aprueba el Acuerdo Reparatorio entre las partes, y como consecuencia el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de JORGE ELIECER MORALES, ello de conformidad con lo establecido en el Artículo 318, numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Decreta LA EXTINCIÒN PENAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 48, numeral 6º Ejusdem.
TERCERO: Declara con lugar la entrega de la moto Yamaha; Modelo: Jog Arstitic; Tipo: Scoter; Uso: Particular; Color: Rojo; Placas: S/P; Año: 2.000; S/C: 3KJ-1953135: S/M: 3KJ, al ciudadano Jorge Eliécer Morales quien la tendrá en guarda y custodia, por tal motivo no podrá venderla ni traspasarla de ninguna forma. Notifíquese y ofíciese al estacionamiento respectivo. Cúmplase
EL JUEZ
ABG. JOSE GERARDO PERE.....