:Este Juzgado de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley acordó: 1) En aplicación de los artículos 318 numeral 3 y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con los artículos 417, 278 y 108 ordinal 5º y 110 del Código Penal, el sobreseimiento de la presenta causa, seguida a la imputada MINELBA MALDONADO DE RANGEL, por el delito de LESIONES GRAVES y PORTE ILÍCITO DE ARMA, cometido en perjuicio del ciudadano JOSE NERIO MALDONADO GUILLEN. 2) No realizar la audiencia señalada en el artículo 323 del COPP. 3) Notificar. 4) Una vez transcurra el lapso de apelación respectivo remítase la causa al Archivo Judicial.