Se declaró consumada la perención y, en consecuencia, extinguida la instancia en la causa, seguida por los ciudadanos GONZALO DE JESÚS BARROETA y DAGNY MARIA MENDOZA, contra el ciudadano PEDRO JOSE CHOURIO y la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO ZULIA, por COBRO DE BOLIVARES POR DAÑOS DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRANSITO; y no se hizo especial pronunciamiento sobre costas en virtud de la naturaleza de esta decisión.