-V-
DISPOSITIVO
Por las consideraciones precedentemente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la abogada Yeny Coromoto Lobo Rivera, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana Elke Soomer Contreras, tercera interesada, en contra del auto proferido por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en data 14 de noviembre de 2014, de conformidad con lo dispuesto en la norma 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
SEGUNDO: SE CONFIRMA EL AUTO recurrido, que declaró:
"(...) Con fundamento a lo antes expuesto, este Tribunal niega la suspensión solicitada por la representación judicial de la parte interesada, por no subsumirse .....