Es por ello que la reposición, es una institución procesal creada con el fin práctico de corregir los errores de procedimiento que afecten o menoscaben el derecho de las partes con infracción de normas legales que señalen las condiciones que deben seguirse en el trámite del proceso. En consecuencia, este tribunal de conformidad con los artículos 11, 14, 15, 206, 211, y 212 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Repone la Causa al Estado de pronunciarse sobre la solicitud de Ejecución Forzosa presentada por la parte demandante mediante diligencia de fecha Diecinueve (19) de marzo del año 2015, que corre inserta al folio 209, quedando sin efecto la Ejecución Forzosa mediante auto de fecha 06-04-2015 y su respectivo mandamiento de ejecución que corren insertos a los folios 113 y 114 con sus respectivos vueltos. En consecuencia, y visto todo lo anteriormente expuesto, es por lo que este Tribunal no Ac.....