Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República, por mandato de la Constitución y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A, efectuada por los ciudadanos Ángel Antonio Márquez Ramírez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.314.746, y de la ciudadana Ligia Teresa Porras Castro, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.847.164, respectivamente. EN CONSECUENCIA: Se declara disuelto el vínculo matrimonial que los une, por virtud del Matrimonio Civil contraído en fecha veintisiete (27) de Marzo del año dos mil nueve (2.009), por ante Registro Civil de la Parroquia Pres.....