PRIMERO: Se Admite  totalmente la Acusación presentada por la fiscalía Décima Segunda del Ministerio Público en fecha 24-03-2023, inserta a los folios ciento cuarenta y uno (141) al ciento cuarenta y cinco (145), y sus respectivos vueltos, ambos inclusive, presentado en contra del adolescente: EMMANUEL JOEL CAMACHO MONZÓN, quien está plenamente identificado,  toda vez, que de la revisión de la misma y conforme al artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal  es de legalidad necesaria y artículo 579 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.-
SEGUNDO: Se comparte la calificación Jurídica atribuida por el Ministerio Público por el delito de ABUSO SEXUAL A NIÑO CON PENETRACIÓN ANAL previsto y sancionado en el primer parágrafo del artículo 259 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, concatenado con el artículo 83 del Código Penal Vigente, en perjuicio del niño Brando Salazar.-
TERCERO: El Tribunal admite todas y cada una de .....