DISPOSITIVA
Este Tribunal de Ejecución Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Sección de Adolescentes, administrando justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: Primero: Continuar cumpliendo la privación de libertad en el Centro Penitenciario Región Andina y para lo cual se deberá trasladar el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, quien se encuentra privado de su libertad a la orden de ese Despacho Judicial. SEGUNDO: Se ordena librar el oficio donde se ordena la separación de la población de adultos (detenidos) y sin contacto alguno, tal y como lo indican las normas 29 y 26.3 de las Reglas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados de libertad y la Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración de justicia de menores y 641 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. TERCERO: Se ordena la realización del expediente y del plan individual y oficiar al INAM, a los fines de que remitan el expedie.....