DECISION NRO. 00165/08 : PRIMERO: SE DECRETA LA APREHENSIÓN EN SITUACIÓN DE FLAGRANCIA, por encontrarse dentro de los extremos señalados en el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, del Investigado Ciudadano ADALBERTO RAMON BRICEÑO GRATEROL, venezolano, natural Trujillo, Estado Trujillo, nacido en fecha 16-09-70, de 37 años de edad, casado, Jefe de Taller Eléctrico, Compañía Anónima Central de Venezuela (Central Azucarera), titular de la cédula de identidad N° V. 8.724.622, y residenciado Nueva Bolivia, Municipio Tulio Febres Cordero; por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el Artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana AURA ROSA MARQUEZ DE BRICEÑO; por los hechos, según se desprende de acta de investigación.