Definitivamente firme como quedó la medida de seguridad dictada en fecha 22-11-20120, por el tribunal de primera instancia en lo penal en funciones de Control n° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, mediante la cual le otorgó al ciudadano, (a) JOSE GREGORIO VERA, titular de la cédula de Identidad N° V- 20.112.010, una medida de seguridad en virtud de causa seguida en su contra por el delito de: Posesión Ilícita de Estupefacientes, previsto y sancionado en los artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas; éste juzgado de primera instancia en lo penal en funciones de ejecución n° 02, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley procede a ejecutar dicha sentencia, en los siguientes términos:
Por cuanto el sentenciador ordenó en su fallo someter al ciudadano (a) JOSE GREGORIO VERA, a la Medida de Seguridad de tratamiento médico especializado en la Fundación José Félix Rivas de Mérida, a los fines de su tratamiento, cura.....