Es por lo que este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, La Constitución y por los razonamientos anteriormente hechos declara INADMISIBLE la presente demanda de tercería. Y así se decide.
EL JUEZ
ABG. JUAN CARLOS GUEVARA
LA SECRETARIA
ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN
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