El tribunal dictó decisión declarando consumada la perención y, en consecuencia, extinguida la instancia en el presente procedimiento, seguido por la abogada AMARILIS COROMOTO QUINTERO DUGARTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.620.459, en su carácter de Defensora Pública Primera Suplente en materia Agraria del Estado Mérida, actuando previo requerimiento del ciudadano HECTOR JULIO LEON ALBARRAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.443.373, domiciliado en el sector Nube de Agua, predio "León", El Pedregal de Tabay, Municipio Santos Marquina del Estado Mérida, por SOLICITUD DE MEDIDA DE PROTECCION, y así se decide.