En consecuencia este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 236, último aparte del Código Orgánico Procesal Penal, AUTORIZA vía telefónica a la Fiscalía Decima Octava del Ministerio Público, para que se realice la aprehensión del ciudadano:JUAN CARLOS CHACON RIVAS, Titular De La Cedula De Identidad V- 14.152.831, por la presunta comisión del delitoACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, previsto y sancionado en el artículo 58 encabezamiento y numeral 2 de la Ley Orgánica Sobre El Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, concatenado con lo dispuesto en el artículo 217 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cometido en perjuicio de la adolescente ELIANNYS MICHEL CHACON GUERRERO, de 15 años de edad, para ser materializada dicha orden, por parte de funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas de la Delegación Municipal El Vigía, quienes deberán garantizar los derechos que.....