Se dictó auto fundado mediante el cual se declara improcedente la solicitud de la abogada YASMINA PEREZ D´ JESUS, en su condición de defensora pública del penado MANUEL ISIDRO RAMIREZ VALERO, en cuanto al traslado del mismo hasta la comandancia General de la Policía del Estado Mérida, por cuanto la misma no ofrece las condiciones de seguridad para resguardar la integridad física de los detenidos que allí se encuentran, además de la imposibilidad material, estructural y logística de la que padecen y que se convierten en un lugar impropio para la rehabilitación del penado y su posterior readaptación social. y se acordó oficiar a la Dirección del Centro Penitenciario de la Región Andina, a los fines de que tome las medidas de seguridad necesarias para resguardar la integridad física del penado de autos.