El tribunal declaro: declara validas todas las actuaciones realizadas por ante el Juzgado Tercero Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Antonio Pinto Salinas de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida y consecuencialmente, a tal efecto, se ordena fijar la practica de la inspección judicial por auto separado. Así se establece.