Por lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la libertad plena al ciudadano Efraín Mora Méndez, tal y como fue solicitado por la Fiscalía Décima Octava del Ministerio Público, por cuanto no existen en su contra suficientes elementos de convicción que lo hagan presumir autor o partícipe del supuesto hecho punible que se investiga, de conformidad a lo establecido en los artículos 8, 9, 11 y 13 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 44 de la Constitución Nacional. Se acuerda la continuación de la presente investigación por la vía ordinaria, a los fines de que el Ministerio Público investigue lo pertinente. Líbrese junto a oficio la correspondiente boleta de libertad. Remítase el presente asunto penal a la Fiscalía mencionada. Cúmplase.-
La Jueza (S) de Control N° 0.....