DECLARA:
PRIMERO: LA PERENCIÓN BREVE DE LA INSTANCIA EN LA PRESENTE CAUSA seguida por la ciudadana NILDA ROSA VILLASMIL, asistida por la abogada en ejercicio HAYDÉE DÁVILA BALZA. CONTRA las ciudadanas DELIA YOLIBEL LACRUZ DÁVILA, CARMEN RAQUEL LACRUZ DÁVILA, SOLEIDA DEL ROSARIO LACRUZ DÁVILA y BIBIANA JAQUELINE LACRUZ DÁVILA. MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA.
SEGUNDO: Notifíquese a la parte actora para que tenga en cuenta la presente decisión. Líbrese boleta y se comisiona amplia y suficientemente al alguacil de este Tribunal a los fines de que entregue la boleta de la parte actora en el domicilio procesal, en la siguiente dirección: Calle 15 Piñango, entre Avenidas 5 y 6, Casa N° 5-58 de la ciudad de Mérida Estado Mérida.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el Artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, se le otorga dicho lapso a la parte actora, una vez que conste en autos su notificación, a los fines de que haga uso de las facultades establecidas en e.....