Del análisis del contenido en el caso de marras y en base a las consideraciones anteriores, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, fija como hechos y limites controvertidos:
PRIMERO: La acción de demanda; POR COBRO DE BOLÍVARES POR ACCIDENTE DE TRANSITO, interpuesta por la ciudadana KATIUSKA MIROZLAVA SIERRA DÁVILA, títular de la cédula de identidad Nº V-13.649.348, domiciliada en la urbanización Don Luis, etapa 3, P 31, Municipio Campo Elías del Estado Bolivariano de Mérida, asistida judicialmente por la abogada en ejercicio LAURA ROSA ROMERO SEIJAS, títular de la cédula de identidad Nº V-13.649.348 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 109.901, en contra del ciudadano WILLIAM ANTHONY SÁNCHEZ SÁNCHEZ, venezolano, títular de la cédula de identidad Nº. V- 24.195.322, domi.....