Dispositiva
Por los fundamentos que anteceden, este Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, hace los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: Declara con lugar la solicitud de aprehensión en situación de flagrancia del imputado EDGAR ALEXANDER BUITRIAGO, venezolano, de 33 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.109.267, hijo de Camilo Buitrago y Josefina de Buitrago, de oficio estudiante, estado Civil concubino, domiciliado en entrada Santa Juana, Pasaje Paredes N° 1-28, Mérida Estado Mérida, por considerar que se encuentran llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Declara con lugar la precalificación delictual efectuada por el Ministerio Público por la presunta comisión del delito ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 464, en armonía con el artículo 99 del Código Penal vigente, p.....