Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia, en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: Ratifica el acuerdo alcanzado por las partes en el presente proceso.
Segundo: Se homologa el acuerdo alcanzado, impartiéndosele el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Tercero: Se declara desistido el recurso de apelación formulado por el Abg. Luís Alfonso Chourio, en su carácter de apoderado judicial y representante legal de la parte demandada - recurrente contra la decisión proferida por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de El Vigía, de fecha ocho (08) de junio de 2006.
Cuarto: Una vez que quede firme la presente decisión se ordena la remisión del expediente al Tribunal de origen y una vez que cons.....