DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por PRESTACIONES SOCIALES, interpuso el ciudadano: NEUDIZ CRISTINA ARTEAGA GRANADILLO, contra la empresa: HOTEL ADAN Y EVA en la persona del ciudadano; RADWAN ABOU JASSOUN MOJAMED, en su carácter de representante legal de la empresa. Condenándose al ultimo al pago de la cantidad de OCHO MIL CIENTO VEINTICINCO BOLÍVARES CON TRES CENTIMOS (Bs. 8.125,03) por los conceptos antes señalados. Así se establece.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
Publíquese, regístrese .....