-VIII-
DISPOSITIVO
Por las consideraciones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado en ejercicio Juan Pedro Quintero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-2.458.780, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 8.345, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadana Mónica Guadalupe García Cajiao, en contra de la sentencia definitiva publicada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en fecha 03 de febrero de 2017. En consecuencia, SE REVOCA recurrida.
SEGUNDO: Sobre el mérito del asunto, se declara: Con Lugar la demanda intentada por la ciudadana Mónica Guadalupe Garcia Cajiao, plenam.....