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DISPOSITIVO.
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano Jean Paul Canevese Villarroel, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.966.304, contra de la Sociedad Mercantil "Fruto Santo C.A.", inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, bajo el Nº 1, Tomo 92-A de fecha 22 de abril del 2019, Expediente Nº 11202, inscrita en el Registro de Información Fiscal (RIF) Nº J-4131359485, en la persona de su representante legal, Luis Fernando Szinetar Arellano, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.341.793.
SEGUNDO: No se condena en costas por la naturaleza del fallo.