este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, sobre bienes que sean propiedad de la parte Demandada, hasta cubrir la cantidad de DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL Y OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS BOLIVARES CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMOS. (Bs.2.476.846,44) suma esta que comprende el DOBLE de la cantidad demandada más las costas calculadas prudencialmente por el Tribunal. Se advierte que si el Embargo recae sobre CANTIDAD LIQUIDA de dinero, el mismo deberá ejecutarse hasta cubrir la cantidad de UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL VEINTICINCO BOLIVARES CON OCHENTA CENTIMOS (Bs. 1.376.025,80) suma esta que comprende la cantidad demandada más las costas calculadas prudencialmente por el Tribunal. Se hace saber que las COSTAS fueron calculadas en la cantidad de DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCO BOLIVARES CON DIECISEIS CENTIMOS (275.205,16) Líbrese Cuadern.....