Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la mandato de la Constitución y por autoridad de la Ley. DECLARA: Primero: SIN LUGAR, la demanda intentada por los Ciudadanos Newdy Albeiro Flores y Angelina Molina de Flores (identificados en autos) contra el ciudadano Juan Flores (identificado en autos) por el Motivo de Resolución de Contrato de Venta Verbal.
Segundo: CON LUGAR, la reconvención intentada por el ciudadano Juan Flores (identificado en autos) contra los ciudadanos Newdy Albeiro Flores y Angelina Molina de Flores por el Motivo de Cumplimiento de Contrato de Venta, con el derecho de suspender el pago restante de los noventa mil bolívares (Bs.90.000,oo), hasta que se realice la tradición.
Tercero: Se cond.....