PRIMERO: La Incompetencia de este Tribunal para seguir conociendo de la presente demanda por PRESCRIPCION ADQUISITIVA. Y, en consecuencia, declina la competencia por la materia al Juzgado Distribuidor del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial de Estado Bolivariano de Mérida, sede el Vigía.