Vista, las actas suscritas en fechas 10 y 17 de Octubre del presente año, por los ciudadanos: LUIS ALIRIO CASTILLO GODOY y ANA TERESA DELGADO QUINTERO, venezolanos, mayores de edad, solteros, el primero comerciante y la segunda de oficios del hogar, titulares de la cedula de identidad Nros. V-11.613.306 y V- 26.274.666, domiciliados el en la Avenida Bolívar cerca de la Plaza Miranda, casa s/n y ella en el sector los Llanitos casa s/n ambos de esta Población de Timotes Municipio Miranda del Estado Bolivariano de Mérida y hábiles, quienes conciliaron en reglamentar la Fijación de Obligación de Manutención a favor de su hija (identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Organica para la Proteccion de los Niños, Niñas y Adolescentes), de (06) años de edad de la siguiente manera: el padre declaro su deseo voluntario de cancelar la Fijación de Obligación de Manutención a favor de su hija.-