PARTE DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal, en uso de la facultad que le confiere el artículo 642 del Código de Procedimiento Civil, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena al intimante la corrección del libelo de la demanda, en el sentido de que realice con exactitud el calculo de la cantidad total de los intereses de la factura identificada con el N° 92, calculados al 1% mensual, esto es, la cantidad liquida de la factura que es Bs. 591.000,oo, multiplicándolo por el 1%, y el resultado de éste, dividirlo entre 12, lo que le va dar la cantidad en meses, y éste a su vez multiplicarlos por 4, que es la cantidad de meses vencidos, desde la fecha de la emisión de la factura, que es, 04 de julio de 2014, hasta el día 04 de noviembre del presente año, ya que este Tribunal haciendo el cálculo de los intereses a la rata del (1%) mensual, pudo evidenciar que existe un error en el calculo total d.....