En tal razón, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL ENTRE LOS CIUDADANOS: BLANCA ELIZABETH GARCIA VARELA y EUDES ALBERTO PEÑA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.107.398 y V-11.463.416, domiciliados la primera en la calle principal del Sector el Tejar, diagonal entrada pie de tiro, casa s/n, Parroquia Lagunillas, Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Mérida y el segundo, en Los curos, calle principal, parroquia J.J Osuna Rodríguez, Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, respectivamente en su orden civilmente hábiles y suspende entre ellos la vida en común, previa Notificación del Fiscal de Guardia De Familia Del Niño Niña y Adolescente Del Ministerio Público Del Estado Bolivariano de Mérida. Ofíciese a los Registros Principal del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida y al Registro .....