CAPITULO IV
DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio JUSTO BRICEÑO TULIO FEBRES CORDERO Y JULIO CESAR SALAS de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de divorcio por desafecto presentada y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que habían contraído los ciudadanos: MARIA YOHANA QUIÑONEZ Y GEOVER ANTONIO BENITEZ CHOURIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº. V-18.397.465 y V-20.750.026 respectivamente en fecha Veintidós (22) de Agosto del año Dos Mil Once (2011), por ante la Oficina o Unidad de Registro Civil de la Parroquia Bobures, Municipio Sucre del Estado Zulia.
SEGUNDO: Que los ciudadanos: MARIA YOHAN.....