En consecuencia este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tovar, Zea, Guaraque y Arzobispo Chacón de la Circunscripción Judicial Estado Bolivariano de Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; DECLARA CON LUGAR, la solicitud de declaratoria de divorcio por mutuo consentimiento formulada por los ciudadanos: JOSE ALEXANDER MOLINA y LUZ MARINA CONTRERAS MENDEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-14.447.676 y V.-16.317.106, domiciliados el primero en la Calle Principal del Reencuentro, casa Nº 4, diagonal al CICPC, Parroquia El Llano y la segunda en Urbanización Rosa Inés, Calle 1, Casa Nº 14 Parroquia El Llano del Municipio Tovar del Estado Bolivariano de Mérida y hábiles a través de su ABOGADO: RAFAEL ANTONIO CORDERO ANGULO. En consecuencia, se declara el divorcio y disuelto el vínculo matrimonial que existía entre los antes .....