En orden a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: EXTINGUIDO el recurso de apelación interpuesto en fecha 09 de octubre de 2008, por la abogado Sonia Montilla Dávila, co-apoderada judicial de la parte demandada los ciudadanos Ángela María Avendaño de Ramírez y Hernán José Ramírez Pulido contra la decisión de fecha 29 de octubre de 2008 (fs. 101 al 175), proferido por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en el juicio seguido en su contra por la ciudadana Valecillos Peñaloza Lorenza Clotilde, por saneamiento por evicción. SEGUNDO: Por la naturaleza del presente fallo, no se hace especial pronunciamiento sobre las costas del recurso.
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