CAPITULO III
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR:
MOTIVACIÓN PARA DECIDIR:
Ahora bien, a los fines de pronunciarse sobre la presente solicitud de Divorcio por Desafecto, pasa este Tribunal a examinar su competencia, previa las consideraciones siguientes: Es importante señalar que el hecho de que la requerida ANYI KARINA LOPEZ SOTO, haya contradicho algunos hechos invocados por el solicitante: ANDERZON ALFREDO RONDON ESPINOZA; tales como el de la fijación del domicilio conyugal, el ocultamiento u omisión por parte del solicitante sobre la existencia de bienes conyugales sobre lo cual, el solicitante convino posteriormente de que si existen bienes; y, la pretensión sugerida por la requerida de que se dicte una medida cautelar de enajenar y gravar sobre un bien inmueble producto de la comunidad de bienes gananciales; acarrea un juicio contencioso, desencadenándose así entonces, que el presente asunto no corresponde a la jurisdicción vol.....