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Decisiones del dia 20/12/2004

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : LP01-P-2004-000811 N° Sentencia : Fecha: 20/12/2004
Procedimiento:
Auto Fundado De Calificacion De Flagrancia E Impos
Partes:
INVSTIGADO : MIGUEL ANGEL CORREA UZCATEGUI, VICTIMA: OSCAR UTRÍA CHARLES. FISCALÍA QUINTA
Resumen:
En consecuencia este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide Primero: Declara con lugar la aprehensión flagrante del ciudadano Miguel Ángel Correa Uzcategui, por el delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON (Artículo 458 del Código Penal Venezolano Ultimo Aparte.) Segundo: Se impone al aprehendido, las medidas cautelares sustitutivas: 1)Presentación cada quince (15) días por ante este Circuito Judicial Penal.2) Prohibición expresa de salir de la Jurisdicción del Estado Mérida sin autorización del Tribunal. Tercero: Se ordena la aplicación del procedimiento Ordinario, en la presente causa, a tenor de lo previsto en el artículo 372 Y 373 COPP; Cuarto: La presente decisión fue notificada a las partes en la audiencia de calificación de flagrancia. El fundamento legal de la presente decisión se encuentra en los Artículo.....
Juez/Ponente:
Rafael Antonio Rojas Araujo
Organo:
Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control
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N° Expediente : LP01-S-2004-5508 N° Sentencia : Fecha: 20/12/2004
Procedimiento:
Auto Entrega De Vehiculo
Partes:
SOLICITANTE: JOSE DEL CARMEN VERGARA LOBO, ABOGADO ASISTENTE JOSE LIZARDO DUGARTE.
Resumen:
II Motivación De la lectura de la solicitud y el legajo de actuaciones que conforman la investigación que cursa ante el Ministerio Público, se observa que, en efecto de acuerdo a los resultados de la experticia realizada al vehículo, sendas experticias que corren agregadas a los autos, se determinó: 1) Que el vehículo cuya devolución fuera solicitada tiene todos los seriales de identificación suplantados, desvastados y/o alterados, lo que patentiza que el mismo constituye la evidencia de la comisión de un delitos como el cambio ilícito de seriales sobre vehículo automotor, y ello evidentemente impide su devolución. Si bien es cierto que el solicitante presenta la documentación Original que lo acredita como legítimo propietario, del solicitado vehículo, Por lo que, la titularidad en propiedad del interesado está clara ahora bien. La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en reciente decisión de fecha 13/02/2003 sostuvo: ¿¿debe estar comprobada sin que medie duda .....
Juez/Ponente:
Rafael Antonio Rojas Araujo
Organo:
Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control
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