declarar igualmente inadmisible la querella interdictal interpuesta por ante este Tribunal, como en efecto así se declarará en la parte dispositiva de esta decisión. ASÍ SE DECIDE.- En fuerza de los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA el Decreto Provisional de Amparo solicitado por la ciudadana IRMA PEREIRA DE ANGARITA