: Por decisión de esta misma fecha y conforme al artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, se ACUERDA la fórmula alternativa de cumplimiento de pena de RÉGIMEN ABIERTO al penado JUAN MIGUEL DIAZ, venezolano, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.049.724, quien fue sentenciado a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de ley, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancia Estupefacientes y Psicotrópicas vigente para la fecha del delito cometido en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO.-