DECISIÓN.-
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Municipio Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la ley y conforme a derecho, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano VICTOR JAVIER VIVAS ECHEVERRIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 14.171.031, domiciliado en la avenida 16 de septiembre, Municipio Libertador del Estado Mérida, comerciante y hábil, contra del ciudadano CLEMENTE CHACON CHACON, venezolano, mayor de edad,
titular de la cédula de identidad Nº 3.004.832,soltero, domiciliado en el Barrio Santo Domingo, calle principal, pasaje 2, casa 0-13, Municipio Libertador del Estado Mérida, en su condición de propietario y conductor del vehículo Nº 1, y subsidiariamente a la Empresa SEGUROS CONSTITUCIÓN C.A., por COBRO DE BOLÍVARES OCASIONADOS POR A.....