PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR solicitada por el por el abogado ARMANDO DE LA ROTTA AGUILAR, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana JUDITH SOMAIRA ZAMBRANO, sobre: el Local Nº4 ubicado en el nivel planta baja del Centro Comercial La Mata, Av. Principal la Mata, en jurisdicción de la Parroquia Juan Rodríguez Suarez del Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, propiedad de la SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES TOICO C.A., con una superficie aproximada de CIENTO TREINTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS (139,45 M2) consta de un (1) área para comercialización u oficina y tres (3) baños con un (1) wáter y un (1) lavamanos cada uno, posee dos (2) accesos por los linderos de frente y fondo sus linderos son: Frente: Con pasillo externo de la fachada principal, Fondo: con calle interna y parte del local Nº 5, Lateral derecho: con local Nº 5, Lateral Izquierdo: en parte con escalera que conduce al primer .....