Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia, en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por CONCEPTOS LABORALES DERIVADOS DE LA INDEMNIZACION POR ENFERMEDAD OCUPACIONAL, incoara la ciudadana ROSSANA LUCÍA BARTA PAREDES, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.804.325, en contra de las "EMPRESAS GARZON, C.A."
SEGUNDO: No se condena en costas por la naturaleza del presente fallo.